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DIRECTIVA PARA EL PAGO DE LAUDOS ARBITRALES - EMAPE S.A. ref.: RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL-000140-2024-GG

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PLAN DE AUSTERIDAD 2025 EMAPE S.A.

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RESOLUCIÓN N° 000060-2024-EMAPE-GCM: APROBAR la Liquidación Final de la Contratación del Servicio de Consultoría de Obra para la Supervisión de la Obra: “Reparación de calzada; en el(la) Av. Isabel La Católica (Jr. Abtao - Jr. Huánuco) en el Centro Poblado La Victoria, Distrito de La Victoria, provincia Lima, departamento Lima” con CUI N° 2624471”, referido en la Orden de Servicio N° 2024-00206 a cargo de FRANKLIN JAVIER BARBARAN MOZO con R.U.C. N° 10011329123, con un monto de S/ 36,394.80 (Treinta y Seis Mil Trescientos Noventa y Cuatro con 80/100 soles) y con un saldo a favor de la Entidad por el monto de S/ 2,805.20 (Dos Mil Ochocientos Cinco con 20/100 soles), conforme al Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente Resolución.

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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000043-2024-EMAPE-PE: AUTORIZAR la continuación de la ejecución del Contrato N° 28-2024-EMAPE/GL derivado del Procedimiento de Selección correspondiente a la Licitación Pública N° 013-2024-EMAPE/CS-1 Contratación de la “Ejecución de la Obra IOARR Reparación de calzada, vereda y sardinel; en la Av. del Ejército (Av. Brasil - Plaza Centro América) en el Centro Poblado Miraflores, distrito de Miraflores, provincia Lima, departamento Lima con CUI N°2636913”.

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RESOLUCIÓN-000058-2024-GCM: APROBAR la solicitud de Ampliación de Plazo N° 01 de la ejecución de la obra IOARR “Reparación de Calzada, Vereda y Área Verde; en el (la) Av. Lurigancho (Av. Próceres de La Independencia – Av. Las Lomas) en el Centro Poblado San Juan de Lurigancho, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia Lima, departamento Lima” con Código Único de Inversión N° 2633869, con eficacia anticipada, por un plazo de veintiocho (28) días calendario, desde el 22 de noviembre de 2024 hasta el 20 de diciembre de 2024, por las razones expuestas.

Documentos Normativos

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RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL-000062-2025-GG: ACEPTAR LA RENUNCIA, de la señora Erika Lizbeth Aguilera Rentería, al cargo de Gerente de Tesorería de la Empresa Municipal de Apoyo a Proyectos Estratégicos Sociedad Anónima - EMAPE S.A., siendo su último día de labores el 08 de agosto de 2025. y DESIGNAR, a partir del 09 de agosto de 2025 al señor WILBER ANGEL AGUILAR CAHUANA, en el cargo de Gerente de Tesorería de la Empresa Municipal de Apoyo a Proyectos Estratégicos Sociedad Anónima - EMAPE S.A.

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RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL-000057-2025-GG: DEJAR SIN EFECTO, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000059-2025-EMAPE/PE de fecha 01 de agosto de 2025, DAR POR CONCLUÍDA, la designación del señor Fabian Felix Susanibar Tello, en el cargo de Gerente Central de Asesoría Jurídica de la Empresa Municipal de Apoyo a Proyectos Estratégicos Sociedad Anónima - EMAPE S.A., siendo su último día de labores el 01 de agosto de 2025. y DESIGNAR, con eficacia anticipada a partir del 02 de agosto de 2025 a la señora PAMELA TATIANA SANCHEZ ARMAS, en el cargo de Gerente Central de Asesoría Jurídica de la Empresa Municipal de Apoyo a Proyectos Estratégicos Sociedad Anónima - EMAPE S.A.

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SE RESUELVE: DESIGNAR, a partir de la fecha, al señor PABLO ARMANDO PAREDES RAMOS, identificado con DNI N° 44845749, en el cargo de miembro de Directorio de la Empresa Municipal de Apoyo de Proyectos Estratégicos Sociedad Anónima - EMAPE S.A.

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AVISO DE SINCERAMIENTO: Registro de visitas: La entidad se encuentra en proceso de implementación, con un plazo máximo para alcanzar este objetivo hasta el 15 de octubre de 2025.

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RESOLUCIÓN-000036-2025-GCAF: - Autorizar la contratación de la prestación adicional al Contrato N° 07-2025-EMAPE/GL, para la Contratación del “Servicio de Internet dedicado, seguridad perimetral gestionada e interconexión de sedes remotas para la Empresa Municipal de Apoyo a Proyectos Estratégicos S.A.- EMAPE S.A.”,, derivado del Procedimiento de Selección Adjudicación Simplificada N°071-2024-EMAPE/CS-1, por el monto equivalente a S/ 12,998.88 (doce mil novecientos noventa y ocho con 88/100 soles), lo que equivale al 18.369 % del monto del contrato original, porcentaje que se encuentra dentro del límite permitido por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.